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    Modelo 390: resumen anual del IVA, quién lo presenta y cómo

    El modelo 390 como resumen anual del IVA: qué contiene, su relación con el modelo 303, quién lo presenta y en qué plazo.

    Equipo Navarro Tax & Legal/20 de julio de 2026/6 min

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    Equipo Navarro Tax & Legal

    Fiscal

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    Publicado: 20 de julio de 2026

    Modelo 390: resumen anual del IVA, quién lo presenta y cómo

    El modelo 390 es la declaración informativa que resume todas las operaciones de IVA de un ejercicio. No se paga con él: recopila lo ya declarado en las autoliquidaciones trimestrales o mensuales (modelo 303) y sirve de cierre anual del impuesto. Lo presentan, con carácter general, los empresarios y profesionales sujetos a IVA.

    En resumen: el 390 es el resumen anual del IVA que debe cuadrar con lo declarado durante el año en los modelos 303.

    ¿Qué es el modelo 390?

    Es una declaración informativa anual que recoge el conjunto de operaciones sujetas a IVA de un contribuyente durante el ejercicio.

    No genera un pago ni una devolución: esa función corresponde a las autoliquidaciones periódicas del modelo 303.

    ¿Qué relación tiene con el modelo 303?

    El 303 es la autoliquidación con la que ingresas o compensas el IVA cada trimestre o mes.

    El 390 es la foto anual: la suma de los 303 debe cuadrar con los importes globales declarados en el resumen.

    ¿Quién está obligado a presentarlo?

    Con carácter general, los sujetos pasivos de IVA que presentan el modelo 303.

    Existen exoneraciones: determinados contribuyentes (por ejemplo, ciertos arrendadores o quienes tributan en el régimen simplificado) quedan liberados de presentarlo porque aportan la información por otras vías.

    ¿Cuándo se presenta?

    Se presenta en enero, referido al ejercicio anterior, en el mismo plazo que la última autoliquidación del año.

    Al ser telemático, requiere certificado digital o los sistemas de identificación admitidos.

    ¿Qué información contiene?

    • IVA devengado (repercutido en tus ventas), desglosado por tipos.
    • IVA soportado deducible (el de tus compras y gastos).
    • Operaciones no sujetas, exentas, intracomunitarias y con inversión del sujeto pasivo.
    • El resultado de las liquidaciones y el prorrateo, si procede.

    Ejemplo

    Una empresa que a lo largo del año ha presentado cuatro modelos 303 debe reflejar en el 390 la suma de todo el IVA repercutido y soportado del ejercicio. Si los totales del resumen no coinciden con la suma de los trimestres, es señal de un error que conviene localizar antes de presentar.

    Preguntas frecuentes

    ¿El modelo 390 se paga?

    No. Es puramente informativo; el ingreso o la devolución van por el 303.

    ¿Todos los autónomos y empresas lo presentan?

    No necesariamente. La obligación y las exoneraciones dependen del régimen, periodo de liquidación y operaciones; debe comprobarse el perímetro vigente de la AEAT.

    ¿Qué pasa si no cuadra con los 303?

    Hacienda puede requerir aclaraciones. Conviene revisar y corregir los descuadres antes de presentarlo.

    ¿Se puede presentar fuera de plazo?

    Sí, pero puede conllevar sanciones por presentación tardía de una declaración informativa.

    ¿Necesito certificado digital?

    Sí, la presentación es telemática y requiere identificación electrónica.

    En Navarro Tax & Legal (NRRO), en Barcelona, llevamos el IVA de autónomos y empresas: preparamos los modelos 303 trimestrales, cuadramos el resumen anual del modelo 390 y detectamos descuadres antes de presentarlo para evitar requerimientos.

    Si quieres cerrar el año de IVA sin sobresaltos, nos encargamos de todo el ciclo.

    Fuentes oficiales

    Fuentes verificadas el 28 de agosto de 2026. Confirma cada año obligación, exoneración y plazo.

    Siguiente paso práctico

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    Consulta el servicio relacionado o cuéntanos los hechos antes de tomar una decisión fiscal, legal o empresarial.

    Tags

    modelo 390IVAresumen anualmodelo 303autoliquidacionesobligaciones fiscales

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    Equipo Navarro Tax & Legal

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