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Modelo 720: quién declara bienes en el extranjero y cuándo
Guía por bloques, límites, plazo, declaraciones posteriores y diferencia entre el Modelo 720 y el Modelo 721 de criptoactivos.
Autor
Equipo Navarro Tax & Legal
Fiscal
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Vigencia
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Publicado: 20 de julio de 2026
El Modelo 720 informa sobre determinadas cuentas, valores y bienes inmuebles situados en el extranjero. La obligación sigue vigente, pero no afecta automáticamente a toda persona residente con cualquier activo fuera de España: existen bloques, umbrales y exenciones que deben revisarse por separado.
Los tres bloques de información
- Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
- Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados fuera de España.
Con carácter general, la primera declaración de un bloque se activa cuando su valoración conjunta supera 50.000 euros, aplicando las reglas de valoración propias de cada categoría. El límite se analiza por bloque, no sumando sin más todos los activos extranjeros.
Cuándo se presenta y cuándo se repite
El plazo ordinario va del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información. Después de una primera presentación, no siempre hay que repetir anualmente: la AEAT exige una nueva declaración del bloque cuando el incremento conjunto supera 20.000 euros respecto de la última valoración declarada y también en determinados supuestos de pérdida de titularidad, autorización, condición de beneficiario o extinción.
Por eso conviene conservar una hoja de control por bloque con la valoración informada, los cambios de titularidad y la fecha de la última declaración.
Qué cambió tras la sentencia europea
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 27 de enero de 2022 declaró contrario al Derecho de la Unión el régimen español en aspectos como la imprescriptibilidad práctica y las sanciones desproporcionadas. La Ley 5/2022 adaptó esas consecuencias. La obligación informativa no desapareció: su incumplimiento queda sometido al régimen sancionador general que corresponda, en lugar del antiguo sistema específico anulado.
Criptoactivos: Modelo 721
Las monedas virtuales custodiadas por una persona o entidad situada en el extranjero tienen su propia declaración informativa, el Modelo 721, cuando se cumplen sus requisitos. No deben añadirse automáticamente al bloque de valores del Modelo 720. Una cuenta bancaria en moneda fiduciaria vinculada a una plataforma sí puede requerir un análisis distinto como cuenta.
Checklist
- confirmar residencia fiscal y condición de titular, representante, autorizado o beneficiario;
- clasificar cada elemento en su bloque correcto;
- aplicar la valoración prevista para el cierre del año;
- revisar exenciones y declaraciones previas;
- documentar variaciones superiores a 20.000 euros y transmisiones.
Fuentes oficiales
- AEAT: plazo de presentación del Modelo 720.
- AEAT: frecuencia de presentación.
- Ley 5/2022, adaptación del régimen.
- AEAT: preguntas frecuentes del Modelo 721.
Revisión normativa: 26/08/2026. Los umbrales y exenciones deben aplicarse a los datos concretos de cada bloque.
Siguiente paso práctico
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Fuentes documentales
Referencias registradas para esta publicación. Consulta la versión y la fecha vigentes antes de tomar una decisión.
- AEAT: plazos de presentación del Modelo 720Agencia Estatal de Administración Tributaria
- AEAT: frecuencia de presentación del Modelo 720Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Ley 5/2022, de modificación tributariaBoletín Oficial del Estado
- AEAT: preguntas frecuentes del Modelo 721Agencia Estatal de Administración Tributaria
Escrito por
Equipo Navarro Tax & Legal
Fiscal
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