Declaración de la Renta 2025: Fechas clave y principales novedades
FiscalLa Declaración de la Renta 2025 incorpora novedades fiscales relevantes que afectan a perceptores del paro, rentas bajas, ahorro, eficiencia energética e indemnizaciones exentas.
Por Clàudia Martin
¿Sabías que muchos perceptores del paro ya no están obligados a declarar? ¿O que existe una nueva deducción para rentas bajas que quizás nadie te ha mencionado todavía?
La normativa que se aplica para el inminente comienzo de la declaración de la renta de las personas físicas y del patrimonio trae novedades relevantes para trabajadores, autónomos, propietarios e inversores, y conocerlas a tiempo marca la diferencia.
En este artículo, desglosaremos las principales actualizaciones correspondientes al ejercicio 2025 y las fechas clave que debes tener en cuenta para efectuar la declaración.
Fechas clave
- 8 de abril → Inicio oficial de la campaña
- 25 de junio → Fecha límite para domiciliar el pago (de declaraciones a ingresar)
- 30 de junio → Fin oficial de la campaña
Principales novedades a tener en cuenta
1. Los perceptores de prestación por desempleo ya no están obligados a declarar
Una de las novedades más esperadas: se suprime definitivamente la obligación de presentar la declaración de la renta para quienes cobran el paro como único ingreso.
No obstante, la obligación se mantiene si concurre alguna de estas circunstancias:
- Han tenido otro pagador del que han percibido más de 1.500 € y la suma total de rendimientos del trabajo supera los 15.876 €.
- Han estado dados de alta como autónomos durante el ejercicio.
- Forman parte de la unidad de convivencia del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Aunque no estés obligado a declarar, puede ser conveniente hacerlo si el resultado es a devolver. Recomendamos consultarlo con tu asesor.
2. Nueva deducción para rentas bajas
La Ley 5/2025 introduce una deducción de hasta 340 € para trabajadores con ingresos brutos de hasta 16.576 € anuales (equivalente al salario mínimo interprofesional de 2025). La deducción se reduce de forma progresiva para rentas comprendidas entre los 16.576 € y los 18.276 €, momento en que desaparece por completo.
Esta medida supone un alivio fiscal directo para los trabajadores con menores ingresos y complementa la nueva estructura de mínimos del impuesto.
3. El umbral de obligación de declarar se liga al SMI 2025
Quienes hayan percibido exclusivamente el SMI 2025 (16.576 € anuales distribuidos en 14 pagas) no estarán obligados a presentar la declaración, salvo que concurran otras circunstancias previstas en la normativa (segundo pagador, rendimientos de capital, etc.).
Este cambio actualiza el límite de obligación de declarar al nuevo nivel del salario mínimo, ampliando la exoneración a más contribuyentes que en años anteriores.
4. Nuevo tramo máximo en la base del ahorro
Se incorpora un nuevo tipo impositivo del 30 % para las ganancias patrimoniales y los rendimientos del ahorro que superen los 300.000 €. Los tramos inferiores permanecen sin cambios.
Esta medida afecta principalmente a grandes patrimonios, grandes transmisiones de activos y rendimientos de capital elevados, y debe tenerse en cuenta en la planificación fiscal de inversores y empresarios con plusvalías significativas.
5. Deducción por mejora de eficiencia energética en vivienda
A diferencia de ejercicios anteriores, no se prorrogan todas las deducciones por obras de eficiencia energética. En 2025 únicamente se mantiene la deducción del 60 % por obras de mejora energética en edificios residenciales completos.
Aspectos clave a tener en cuenta:
- Los pagos deben realizarse obligatoriamente mediante tarjeta, transferencia bancaria o cheque nominativo. No se admite el pago en efectivo.
- Las subvenciones recibidas por la realización de estas obras reducen la base de la deducción.
6. Indemnizaciones exentas sin necesidad de sentencia judicial
La Ley Orgánica 1/2025 amplía el ámbito de las indemnizaciones exentas de tributación en el IRPF en tres supuestos relevantes:
- Responsabilidad civil por daños personales: la exención se extiende a las indemnizaciones abonadas por la aseguradora en el marco de un acuerdo de mediación u otro medio alternativo de resolución de conflictos, sin que sea necesaria una sentencia judicial previa.
- Despido laboral: las indemnizaciones acordadas ante el servicio administrativo previo al inicio de la vía judicial quedan también exentas, al no considerarse derivadas de pacto o contrato.
- Anualidades por alimentos: se incluyen en la exención las pensiones alimenticias fijadas en convenios reguladores formalizados ante el Letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública notarial.
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La campaña de la renta 2025 trae consigo cambios que conviene revisar con atención. Ya seas trabajador, autónomo, propietario o inversor, contar con apoyo especializado puede ayudarte a evitar errores y a presentar tu declaración con mayor tranquilidad.
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